Residencia Temporal de Estudiante

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DOCUMENTACION PARA OBTENER LA VISA DE RESIDENTE TEMPORAL ESTUDIANTE


Autoriza al extranjero para permanecer en el territorio nacional por el tiempo que duren los cursos, estudios, proyectos de investigación o formación que acredite que va a realizar en instituciones educativas pertenecientes al sistema educativo nacional, hasta la obtención del certificado, constancia, diploma, título o grado académico correspondiente, con derecho a entrar y salir del territorio nacional cuantas veces lo desee y a la preservación de la unidad familiar.


¡MUY IMPORTANTE!  La solvencia económica podrá ser acreditada por el interesado, por sus padres o por quien ejerza la patria potestad o la tutela, siempre que no sean mayores de 25 años; o mediante original de la carta de la institución que acredite que ha sido beneficiario de una beca.


Recuerde que la visa no garantiza la internación a territorio nacional. La internación a México está condicionada a la aprobación de las autoridades sanitarias y migratorias en el punto de entrada, las que podrán verificar en todo momento los requisitos establecidos en las disposiciones jurídicas aplicables en el filtro de revisión migratoria.


Visa de residente temporal estudiante


Este tramite debe ser llevado acabo en la embajada de México o consulado que se encuentre en su país de residencia.



Todos los estudiantes sin importar su nacionalidad cuando vayan a permanecer en México por una temporalidad superior a los 180 días requieren obtener esta visa.


Nota: Incluye estudiantes que venga a realizar estudios de licenciatura, maestría, doctorado o estancias posdoctorales.


Requisitos:

1. Presentar pasaporte o documento de identidad y viaje vigente,
2. Una fotografía. (La cual dependera del consulado o embajada para presentarse, por lo general son tamaño pasaporte) 
3. Ser nacionales del país en el cual solicitan la visa o probar legal estancia.
4. Presentar los documentos que acrediten lo siguiente:


a) Realización de estudios a través de carta de aceptación a institución de Sistema Educativo Nacional con los datos completos del solicitante, Institución y curso.


1. Solvencia económica para cubrir gastos de manutención y matrícula. La solvencia podrá ser acreditada por el interesado, por sus padres o por quien ejerza la patria potestad o la tutela, siempre que no sean mayores de 25 años, o con carta de la institución educativa que acredite que ha sido beneficiario de una beca.


i.     Original y copia de los documentos que demuestren que cuenta con empleo, pensión o beca con ingresos mensuales libres de gravámenes mayores al equivalente de cien días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal, durante los últimos tres meses, o


ii.     Original y copia de comprobante de inversiones o cuentas bancarias con saldo promedio mensual equivalente a mil días de salario mínimo general vigente en el Distrito Federal, durante los últimos tres meses, o
 


       La solvencia podrá ser acreditada por el solicitante, por sus padres o por quien ejerza la patria potestad o la tutela, siempre que no sean mayores de veinticinco años, o con carta de la institución educativa que acredite que ha sido beneficiario de una beca o documento de una institución bancaria o financiera que acredite que cuenta con el financiamiento.


b) Al amparo de un instrumento jurídico internacional de movilidad de personas.


5. Pago de derechos por concepto de expedición de visa.


Nota: La tarjeta de residencia temporal estudiante que acredite su estancia legal y le permita permanecer en territorio nacional se deberá tramitar dentro de los siguientes 30 días naturales contados a partir de su ingreso al territorio nacional.


El extranjero que cuenta con la condición de estancia de Residente Temporal Estudiante  puede solicitar al Instituto Nacional de Migración autorización para desempeñar actividades remuneradas en territorio nacional.